Q: It is my understanding that only presidents of aggregated Conferences can be voting members of a District Council. Is this correct?
A: The Rule, Part III, Statute 10 specifies that District Councils represent a minimum of three, and ideally a maximum twelve Conferences in an (Arch)diocese. Although there is no specification that the Conferences have to be aggregated in the Rule, when a District Council applies for Institution, there is a requirement that at least three of the Conferences must be aggregated. In the nationally approved bylaws for District Councils, there is no specification that affiliated Conferences must be aggregated to be voting members of the District Council. However, it is highly recommended that Conferences get aggregated as soon as they are eligible (after one year of service).
Q: Can a paid employee vote in SVdP elections?
A: The answer can be found in the Rule Part III Statute 14. As the statute states, “employees of the Society … may serve in a Conference other than holding any office. Paid staff cannot be officers at any level in the Society; however paid staff who are active members of a Conference may vote on all issues (including elections) except those which may affect their jobs.”
Spanish Translation
P: Tengo entendido que solo los presidentes de Conferencias agregadas pueden ser miembros con derecho a voto de un Consejo de Distrito. ¿Es esto correcto?
R: La Regla, Parte III, Estatuto 10 especifica que los Consejos de Distrito representan un mínimo de tres, e idealmente un máximo de doce, Conferencias en una (Arqui)diócesis. Aunque no se especifica que las Conferencias deban agregarse en la Regla, cuando un Consejo de Distrito solicita la Institución, existe el requisito de que al menos tres de las Conferencias deben ser agregadas. En los estatutos aprobados a nivel nacional para los Consejos de Distrito, no se especifica que las Conferencias afiliadas deban agregarse para ser miembros con derecho a voto en el Consejo. Sin embargo, se recomienda encarecidamente que las Conferencias se agreguen tan pronto como sean elegibles (después de un año de servicio).
P: ¿Puede un empleado asalariado votar en las elecciones de SVdP?
R: La respuesta se puede encontrar en la Regla Parte III del Estatuto 14. Como establece el estatuto, los empleados de la Sociedad pueden servir en una Conferencia además de ocupar cualquier cargo. El personal asalariado no puede ser funcionario en ningún nivel de la Sociedad; sin embargo, el personal asalariado que sea miembro activo de una Conferencia puede votar sobre todos los asuntos (incluidas las elecciones), excepto aquellos que puedan afectar sus puestos de trabajo.