Q: Do all new programs of a Conference have to be approved by the Council, or can a Conference Board approve new programs, without the approval of Council? I ask this question because in the Governance: Council and Board handbook it reads, “No program should be allowed to start without Board approval. This includes both those started by Vincentians and those started by employees.”
A: For most Conferences (those using Bylaws document 1), the Board of Directors of the Council (if no formal Board of Directors exists, then the Council itself) is the governing body and should give formal approval of new programs within the Council. The term “Board” is sometimes used informally among Conference members to refer to the slate of officers. Conferences generally do not have Boards. The handbook does not use the word that way. The handbook refers formally to the Board of Directors.
For some Conferences that are separately incorporated (those using Bylaws document 2 or document 10), the Conference is the governing body and does not require Council approval for its programs. The bylaws define the governance responsibilities.
Q: Are employees of St. Vincent Thrift Stores allowed to be voting members at the local Conference?
A: Thrift store employees are not allowed to vote at Conference meetings unless the store employee is also an active member of the Conference. They are not to vote on issues that may affect their jobs.
Español
P: ¿Todos los programas nuevos de una Conferencia tienen que ser aprobados por el Consejo o puede la Mesa Directiva de la Conferencia aprobar nuevos programas, sin la aprobación del Consejo?
Hago esta pregunta porque en el Manual de Gobernanza: Mesa Directiva del Consejo se lee: “No se debe permitir que ningún programa comience sin la aprobación de la Mesa Directiva. Esto incluye tanto a los iniciados por los Vicentinos como a los iniciados por los empleados”.
R: Para la mayoría de las Conferencias (aquellas que utilizan el documento 1 de los Estatutos), la Mesa Directiva del Consejo (si no existe una Mesa Directiva formal, entonces el Consejo mismo) es el órgano de gobierno y debe dar la aprobación formal de los nuevos programas dentro del Consejo. El término “Mesa Directiva” se utiliza a veces de manera informal entre los miembros de la Conferencia para referirse a la lista de funcionarios. Por lo general, las Conferencias no tienen Mesas Directivas formales. El Manual no usa la palabra de esa manera. El Manual se refiere a la Mesa Directiva Formal.
Para algunas Conferencias que se incorporan por separado (aquellas que utilizan el documento 2 o el documento 10 de los Estatutos), la Conferencia es el órgano rector y no requiere la aprobación del Consejo para sus programas. Los Estatutos definen las responsabilidades de gobernanza.
P: ¿Se les permite a los empleados de las tiendas de segunda mano de San Vicente ser miembros con derecho a voto en la Conferencia local?
R: Los empleados de las tiendas de segunda mano no pueden votar en las reuniones de la Conferencia a menos que el empleado de la tienda también sea un miembro activo de la Conferencia. No deben votar sobre temas que puedan afectar sus trabajos.